Elementos que conforman la nómina (Devengados, deducciones, y apropiaciones)
Los elementos que conforman la nómina son los
siguientes:
Devengados:
Los valores que
devenga la nómina son:
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Salario Básico mensual
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El recargo nocturno
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjaVos4LRIr3yvbQ6bw9sMCI1Z0HqXqc8UEN1jhGJ8Nvqc5-R8RzCerFn-yTyZADMBXxu-NF4Gz20G0VjxR7jITgTiWruGCDsVaSK6GS9BiGHQkH2ZsP1KF4MwN5qkLh9ScRP10HdfjofmC/s1600/trabajo-nocturno.jpg)
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Las horas extras
diurnas como nocturnas
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Los días festivos y
dominicales
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El auxilio de
transporte
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Viáticos:
Deducidos:
Cuando se tiene el
valor total de lo que se gana el trabajador en una quincena o mensualmente, se
puede deducir los siguientes aspectos:
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Salud: al trabajador
le corresponde el 4%
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Pensión: al trabajador
le corresponde el 4%
ü
Fondo de solidaridad
pensional: aplica a los trabajadores que devengan menos o igual que 4 SMLV (1%)
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Cuotas sindicales: se debe aportar de acuerdo
al sindicato afiliado
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Cuotas o créditos a
entidades financieras: se descuentan de la nómina del trabajador, si este
adquirió un crédito.
Apropiaciones:
A diferencia de las deducciones, las apropiaciones están a
cargo de la organización o el empleador. A continuación los diferentes
conceptos de apropiaciones:
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Seguridad social:
·
Salud: el empleador aporta el 8.5%.
·
Pensión: el empleador aporta el 12%
·
Riesgos profesionales: es un deber de la empresa afiliar a sus
trabajadores, a una ARL la cual los protegerá, de sufrir accidentes
consecuentes, a sus actividades laborales. El porcentaje esta designado por la
siguiente tabla:
ü
Aportes para fiscales:
·
Cajas de compensación familiar: el empleador pagara mensual el 4% del
salario base de cotización.
·
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: la empresa pagara el 3% del
salario base de cotización.
![](https://i4.sndcdn.com/avatars-000058808511-snbn8v-t200x200.jpg)
·
Servicio Nacional de Aprendizaje: la empresa pagara mensualmente el 2% de
la nómina base
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Prestaciones sociales:
·
Prima de servicios: la empresa debe apropiarse el 8.33% del salario base
para el cálculo de las prestaciones sociales
·
Vacaciones: la empresa debe apropiarse el 4.17% cada mes del salario del
trabajador
·
Cesantías: el empleador debe apropiarse del 8.33% del salario del
trabajador.
·
Intereses sobre las cesantías: le corresponden el 12% del saldo acumulado
Gracias
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg9cXxZbBkiYQDKsfIE-srE-BIflauepHVnCgsaS7esNO917vm2gzH8T8pU5bYf7HeCF_hHTcsd82AI983Blx-yZHliZIYtQC3uwYf7pZXifr859MDi0K3wMi3Xdnu-fTObfdltsQ7te4A/s1600/bob.gif)
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